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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2014/10/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 245 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>257</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 
 167 
 Ejecución 245 de 2011 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 245 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Montserrat Llamedo Menéndez, frente a “Centro Organizado de Enseñanza a Distancia, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 7 de febrero de 2013.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que ha transcurrido el plazo concedido a las partes para la impugnación de la tasación de costas y liquidación de intereses, de lo que paso seguidamente a dar cuenta..Doy fe.
  Decreto
  En Madrid, a 7 de febrero de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 354 euros y 25,64 euros, respectivamente, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.
  Póngase a disposición las cantidades resultantes de la liquidación de intereses y de parte de la tasación de costas practicada por importe de 320 euros, librándose al efecto los oportunos mandamientos.
  Requiérase a la parte ejecutada a fin de que en un plazo de cuatro días consigne en la cuenta de este Juzgado, número 2805/0000/64/0245/11 abierta en la entidad “Banesto” la cantidad de 59,64 euros en concepto de resto de costas aprobados, con el apercibimiento de no verificarlo de proseguir por la vía de apremio.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2805/0000/64/0245/11.
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial, David Atienza Marcos.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Centro Organizado de Enseñanza a Distancia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de septiembre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/30.275/14)</texto>
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