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    <fecha_publicacion>2014/10/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 22. Ejecución 78 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>250</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22 
 
 169 
 Ejecución 78 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 78 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl Ureña Fernández, frente a “Paper Binder Group, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 23.806,00 euros de principal, 1.428 euros de intereses y 2.380 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Paper Binder Group, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firme la presente resolución hágase entrega al ejecutante de los correspondientes testimonios a fin de iniciar el oportuno expediente administrativo ante el Fondo de Garantía Salarial, para lo cual deberá la parte actora aportar a este Juzgado copias de los documentos y resoluciones pertinentes.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2387/0000/64/0078/14.
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial, Miguel Ángel García Guerrero.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Paper Binder Group, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de septiembre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.025/14)</texto>
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