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    <identificador>BOCM-20141021-110</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 57</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/10/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 57. Juicio verbal 579 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>250</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 57</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 57 
 
 110 
 Juicio verbal 579 de 2011 
  EDICTO
  En el procedimiento de juicio verbal número 579 de 2011, sobre otras materias, a instancias de la comunidad de propietarios de la plaza Ciudad de Salta, número 5, con procurador don Rafael Luis González López, contra “Ibérica Soluciones de Software 2000, Sociedad Limitada”, con procurador sin profesional asignado, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 1 de 2012
  En Madrid, a 10 de enero de 2012..Vistos por la ilustrísima señora doña María Jiménez García, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia del número 57 de los de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal que con el número 579 de 2011 se han sustanciado en esta sede, y en los que han sido parte: de un lado, y como demandante, la comunidad de propietarios de la plaza Ciudad Salta, número 5, de Madrid, representada por el procurador de los tribunales señor González López y asistida por la letrada señora Ortega Cutillas, y de otro lado, y como demandada, “Ibérica Soluciones de Software 2000, Sociedad Limitada”, declarada en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Que estimando la demanda presentada por el procurador de los tribunales señor González López, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la plaza Ciudad Salta, número 5, de Madrid, contra “Ibérica Soluciones de Software 2000, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone a la actora la cantidad de 3.231,452 euros, así como al pago de los intereses legales devengados desde la fecha de la interposición de la demanda, y al pago de las costas procesales.
  Notifíquese esta resolución a las partes y dese cumplimiento en lo previsto en el número 4 del artículo 248 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, advirtiendo que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días de conformidad con lo previsto en los artículos 458 y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  En aplicación de la Ley Orgánica 1/2009, de 4 de noviembre, se indica la necesidad de constitución de depósitos para recurrir por importe de 50 euros en la cuenta de este Juzgado en “Banesto” y a favor de estos autos; en caso de defecto u omisión o error en la constitución, se concederá a la parte plazo de dos días para subsanación. De no efectuarlo, quedará firme la resolución impugnada (artículo 1.19.15, depósito para recurrir).
  Llévese la presente resolución al libro de sentencias del Juzgado, quedando testimoniada en las presentes actuaciones, y tómese oportuna nota en los libros de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia, a cuya publicación en forma se procederá, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia en el día de la fecha por el magistrado-juez que la dictó estando celebrando en audiencia pública y presente yo, el secretario..Doy fe.
  Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Diego Baena Campos y a doña María del Carmen Rodríguez Villaverde.
  En Madrid, a 15 de enero de 2014..El secretario (firmado).
  (02/6.426/14)</texto>
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