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    <fecha_publicacion>2014/10/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Procedimiento ordinario 2.691 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>250</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 18 
 
 105 
 Procedimiento ordinario 2.691 de 2010 
  EDICTO
  En el procedimiento ordinario número 2.691 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado resolución de fecha 12 de diciembre de 2012, cuyo texto literal es el siguiente:
  Fallo
  Se estima la demanda presentada por la procuradora doña Yolanda San Lorenzo Serna, en nombre y representación de don Raúl Marañón Vaquero, contra “Mutua Madrileña del Taxi”, representada por la procuradora doña Gemma Fernández Saavedra, y contra don Carlos E. Merlo Paredes y don Diego Jamaica Ruiz, en rebeldía en los presentes autos, y se condena a los demandados de forma solidaria al pago al demandante de una indemnización de 22.348,82 euros, intereses legales del artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro. Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.
  Se desestima la demanda presentada por la procuradora doña Yolanda San Lorenzo Serna, en nombre y representación de don Raúl Marañón Vaquero, contra “Mutua Madrileña Automovilística”, representada por el procurador don Ignacio Rodríguez Díez, y contra don Ignacio Álvarez Rocha, representado por el procurador don Jorge Deleito García, absolviéndoles de las pretensiones contra ellos deducidas, con imposición de costas a la parte demandante.
  Notifíquese la presente resolución, con advertencia de que la misma no es firme y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincia a interponer, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días desde su notificación.
  Adviértase a las partes que no se admitirá a trámite sino se acredita haber consignado la cantidad de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo,
  Diligencia..En la misma fecha, yo, la secretaria judicial, doy fe de su publicación.
  En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Carlos E. Merlo Paredes y a don Diego Jamaica Ruiz la sentencia número 147 de 2012, de fecha 27 de junio de 2012.
  En Madrid, a 4 de septiembre de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (02/5.892/14)</texto>
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