<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20141016-83</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 9</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/10/16</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 9. Juicio de faltas 706 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>246</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2014-10-16-246101020140014</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/10/16/BOCM-20141016-83.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/10/16/BOCM-20141016-83.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/10/16/BOCM-20141016-83.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/10/16/BOCM-20141016-83.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 9</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 9 
 
 83 
 Juicio de faltas 706 de 2014 
  EDICTO
  Doña María Montserrat González Fernández, secretaria del Juzgado de instrucción número 9 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 706 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice:
  Que debo condenar y condeno a don Mohamed Sidibe, como autor responsable de una falta de hurto del artículo 623 del Código Penal, a la pena de dos meses de multa, a razón de 6 euros por día, que deberán hacer efectivos a través de consignación en la cuenta de este Juzgado, con la imposición en caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas, todo ello con condena en costas. Y con la obligación de pagar a la perjudicada la cantidad de 80 euros en concepto de indemnización. Procédase a la entrega definitiva de los efectos objeto de sustracción y recuperados en buen estado a la entidad perjudicada.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Mohamed Sidibe, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 17 de septiembre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.672/14)</texto>
</documento>