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    <fecha_publicacion>2014/10/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 42. Juicio verbal 306 de 2013-AG</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>246</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42 
 
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 Juicio verbal 306 de 2013-AG 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el presente procedimiento de juicio verbal número 306 de 2013-AG, seguido a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Federico Gutiérrez, número 10, frente a don Fernando Joaquín Mazzola y don Leonardo Di Pasqua, se ha dictado sentencia de fecha 25 de noviembre de 2013, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 27 de noviembre de 2013..El ilustrísimo señor don Eduardo Delgado Hernández, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 42 de Madrid, habiendo visto y oído los presentes autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado bajo el número 306 de 2013-AG, a instancias del procurador don Gerardo Tejedor Vilar, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Federico Gutiérrez, número 10, de Madrid, que actuó bajo la dirección del letrado don José Luis Hernández Trejo, contra don Fernando Joaquín Mazzola y don Leonardo Di Pasqua, declarados en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Que estimando la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por el procurador don Gerardo Tejedor Vilar, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Federico Gutiérrez, número 10, de Madrid, contra don Fernando Joaquín Mazzola y don Leonardo Di Pasqua, debo condenar y condeno a dichos demandados a que abonen a la comunidad actora la suma de 1.547,55 euros, más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, y al pago de las costas causadas en el presente procedimiento.
  Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y encontrándose dichos demandados don Fernando Joaquín Mazzola y don Leonardo Di Pasqua, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a los mismos.
  En Madrid, a 14 de marzo de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (02/6.241/14)</texto>
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