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    <fecha_publicacion>2014/10/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Ejecución 56 de 2014-A</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>241</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 
 163 
 Ejecución 56 de 2014-A 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Angustias Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 56 de 2014-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Arroyo Cano, frente a “Chemaryol, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Dada la escasa cuantía consignada, 0,86 euros, procédase una vez la presente resolución devenge firme a su transferencia a la cuenta del Tesoro Público.
  Se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Chemaryol, Sociedad Limitada”, por un principal de 1.000 euros, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez la presente resolución devenge firme se expedirán de oficio los testimonios necesarios para solicitar prestaciones ante el Fondo de Garantía Salarial, los cuales serán remitidos por correo a la letrada de la parte actora, sin necesidad de que sean solicitados por escrito, y tan pronto conste la recepción de los mismos por parte de aquella, así como la transferencia anteriormente acordada, se procederá al cierre y archivo de las actuaciones, dejando constancia de ello en los libros de este Juzgado.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2519/0000/64/0056/14.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Chemaryol, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 10 de septiembre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/28.167/14)</texto>
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