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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2014/10/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Ejecución 225 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>241</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 
 162 
 Ejecución 225 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Angustias Caro Vida, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 225 de 2014-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor Puerta Ortiz, frente a “Acana Home, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor del ejecutante don Víctor Puerta Ortiz, frente a la demandada “Acana Home, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 20.842,05 euros, más 1.250,52 euros de intereses y 2.084,20 euros de costas, ambas cantidades calculadas provisionalmente, y sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado, abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2519-0000-64-0225-14.
  Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, la ilustrísima señora magistrada-juez de lo social, Elena Burgos Herrera.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Acana Home, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 10 de septiembre de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.658/14)</texto>
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