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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 26</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/10/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Juicio verbal 1.245 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>240</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 26 
 
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 Juicio verbal 1.245 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento de juicio verbal número 1.245 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 47 de 2013
  En Madrid, a 28 de febrero de 2013..La ilustrísima señora doña Rocío Nieto Centeno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 26 de Madrid, habiendo visto los presentes autos número 1.245 de 2012, sobre juicio verbal, seguidos a instancias de “Finconsum, EFC, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales doña Rocío Sampere Meneses, contra don Julio Furio Torrecilla, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por “Finconsum, EFC, Sociedad Anónima”, representada por la procuradora de los tribunales doña María Rocío Sampere Meneses, contra don Julio Furio Torrecilla, condeno al expresado demandado a satisfacer a la actora la cantidad de 1.321,41 euros, más intereses moratorios del 17 por 100 anual desde la fecha de cierre de la liquidación practicada, y pago de las costas procesales causadas.
  Contra la presente resolución no cabe recurso (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Jaime Furio Torrecilla se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Madrid, a 31 de julio de 2013..El secretario (firmado).
  (02/6.130/14)</texto>
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