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    <identificador>BOCM-20141009-242</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE PUERTO DEL ROSARIO NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/10/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Puerto del Rosario número 2. Ejecución 429 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>240</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE PUERTO DEL ROSARIO NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE PUERTO DEL ROSARIO NÚMERO 2 
 
 242 
 Ejecución 429 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana M. Molina Pérez, secretaria judicial de este Juzgado de lo social número 2 de Arrecife, con sede en Puerto del Rosario (Fuerteventura).
  Hago saber: Que en el procedimiento número 429 de 2013, en materia de extinción del contrato temporal, a instancias de doña Juana Rafaela Rivero Batista, contra “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, por su señoría se ha dictado decreto de insolvencia con fecha 9 de septiembre de 2014, cuya parte dispositiva es el tenor literal siguiente:
  Se declara a la ejecutada “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia, con carácter provisional, por un importe de un principal de 12.171,87 euros, más 1.217,18 euros del 10 por 100 de intereses por mora y 2.142,24 euros de intereses y costas provisionales, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conoce bienes de la ejecutada.
  Una vez firme el presente, expídanse los testimonios oportunos para su entrega a la parte actora a los efectos de reclamación al Fondo de Garantía Salarial, una vez los solicite compareciendo en esta oficina judicial para su retirada.
  Expídase testimonio del presente para su unión a los autos, quedando el original en el legajo de decretos.
  Procédase al archivo de las presentes actuaciones, dejando nota en el libro de registro de su razón.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de revisión en el plazo de tres días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido.
  Se significa, además, que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de ellos, intente interponer recurso de revisión, deberá efectuar un depósito de 25,00 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, en el código cuenta cliente número ES55/0049/3569/92/0005001274 y al concepto clave 2290/0000/64/0429/13.
  Así lo acuerda y firma doña Ana M. Molina Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2, con sede en Puerto del Rosario (Fuerteventura)..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Limpiezas Integrales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Puerto del Rosario, a 9 de septiembre de 2014..La secretaria (firmado).
  (03/27.926/14)</texto>
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