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    <fecha_publicacion>2014/10/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Majadahonda número 5. Juicio de faltas 182 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>233</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 5 
 
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 Juicio de faltas 182 de 2014 
  EDICTO
  Doña María Luisa Álvarez Castillo, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Majadahonda.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 182 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 54 de 2014
  En Majadahonda, a 21 de abril de 2014..Vistos por don Sergio Burguillo Pozo, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Majadahonda y de su partido, los precedentes autos de juicio de faltas número 182 de 2014, seguidos por presunta falta de hurto, incoado en virtud de atestado, en el que han sido partes: en calidad de denunciante, don Javier García Mora, y en calidad de denunciado, don Andrei Georgian Ene, constando en las actuaciones las circunstancias personales de los mismos. Ha sido parte el ministerio fiscal.
  Fallo
  Condeno a don Andrei Georgian Ene como autor responsable de una falta de hurto, prevista y penada en el artículo 623 del Código Penal, a la pena de multa de treinta días, a razón de una cuota diaria de 3 euros, lo que hace un total de 90 euros.
  Se acuerda la entrega definitiva de los efectos al establecimiento denunciante.
  Para el supuesto de que el condenado no satisficiere, voluntariamente o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a responsabilidad penal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
  Condeno a don Andrei Georgian Ene al pago de las costas procesales.
  Notifíquese la presente sentencia al ministerio fiscal y a los implicados, haciéndoles saber que la misma no es firme, y que contra ella cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días, a partir del siguiente al de su notificación, hallándose durante este período las actuaciones en la Secretaría de este Juzgado a disposición de las partes. El escrito de formalización del recurso se presentará ante este mismo Juzgado.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Andrei Georgian Ene, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Majadahonda, a 5 de agosto de 2014..La secretaria (firmado).
  (03/26.759/14)</texto>
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