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    <titulo>– Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Modificación precios públicos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LAS ROZAS DE MADRID</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 71 
 Modificación precios públicos 
  La Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de julio de 2014, entre otros asuntos, ha aprobado el establecimiento de los siguientes precios públicos:
  MODIFICACIÓN PRECIOS PÚBLICOS, EJERCICIO 2014, ÁREA DE MAYORES
  1.  Modificar los precios públicos de los talleres de los centros municipales de mayores para permitir la devolución por trimestres en caso de baja.
  2.  Que no esté sujeto a precio público:
  a)	La asistencia a un taller para cada uno de los voluntarios, siempre que el mismo sea organizado e impartido en los centros de continuidad, que sean socios.
  b)	La utilización de los servicios de peluquería y cafetería con los precios de socios aunque no lo fueran.
  Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose de que dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiéndose, no obstante, interponer contra el mismo el recurso de reposición fiscal, ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la forma y bajo las condiciones prescritas en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  Contra la resolución del recurso de reposición no puede interponerse de nuevo el mismo recurso, pudiendo entonces los interesados interponer directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de reparto del partido judicial de Madrid.
  Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
  En Las Rozas de Madrid, a 11 de septiembre de 2014..El alcalde-presidente, PD ­(decreto de 7 de junio de 2013), el concejal-delegado de Hacienda y Régimen Interior, José Luis Álvarez de Francisco.
  (03/27.678/14)</texto>
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