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    <fecha_publicacion>2014/10/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Collado Villalba. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>233</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Collado Villalba</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 67 
 Modificación ordenanzas fiscales 
  De acuerdo con lo establecido en los artículos 15 y siguientes del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de septiembre de 2014, adoptó:
  Acuerdo provisional de modificación de ordenanzas fiscales: número 1, impuesto sobre bienes inmuebles; número 2, impuesto de vehículos de tracción mecánica; número 4, impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana; número 5, impuesto sobre actividades económicas; número 7, tasa de apertura de establecimientos; número 17, precio público por la prestación de los servicios por asistencia a domicilio; número 18, precio público por la prestación de los servicios de piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos; número 19, precio público por la prestación de los servicios de juventud; número 20, precio público por la prestación del servicio de celebración de matrimonio civil; número 21, precio público por enseñanzas especiales en establecimientos docentes de las Entidades Locales; número 22, precio público por la cantera de empresas.
  Los citados acuerdos se encuentran expuestos al público en el Área de Hacienda de esta Entidad durante un período de treinta días hábiles a fin de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas en el Registro General ante el Pleno de la Corporación. El acuerdo provisional se entenderá elevado a definitivo si no hubiera reclamación alguna.
  En Collado Villalba, a 26 de septiembre de 2014..El alcalde-presidente, Agustín Juárez López de Coca.
  (03/29.093/14)</texto>
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