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    <titulo>Madrid número 4. Juicio de faltas 526 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>229</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 4 
 
 68 
 Juicio de faltas 526 de 2014 
  EDICTO
  Doña Sacramento Fernández-Vivancos Romero, secretaria judicial del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 526 de 2014 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Vistos por el ilustrísimo señor don Marcelino Sexmero Iglesias, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 4 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas registrados con el número 526 de 2014, y en el que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; don Jaime Henriques Coelho, como denunciante; “C &amp; A”, como perjudicada, y doña Rodica Peptan, como denunciada, se procede en nombre de Su Majestad el Rey a dictar la presente sentencia:
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Rodica Peptan, como autora responsable de una falta de hurto continuada tipificada en los artículos 623.1 y 74 del Código Penal, a la pena de cuarenta y cinco días de multa, con una cuota diaria de 5 euros por día de sanción, y por una falta de estafa del artículo 623.4 del mismo texto legal, a la pena de un mes de multa, con la misma cuota, condenándole también al pago de las costas procesales.
  Hágase entrega definitiva de los efectos a la propiedad, debiendo indemnizar la condenada a “C &amp; A” en la cantidad de 111,40 euros.
  Si no se satisface la multa voluntariamente o por vía de apremio, la condenada quedará sujeta a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de localización permanente por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
  Notifíquese la presente sentencia a las partes y al ministerio fiscal, con la advertencia de que no es firme y de que contra ella puede interponerse recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación, ante este Juzgado, por escrito y en la forma prevista en los artículos 790 a 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, quedando entre tanto los autos a disposición de las partes en la Secretaría de este Juzgado.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Rodica Peptan, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 27 de agosto de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.364/14)</texto>
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