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    <fecha_publicacion>2014/09/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 70. Procedimiento juicio verbal 1.239 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 70 
 
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 Procedimiento juicio verbal 1.239 de 2013 
  EDICTO
  En virtud de lo acordado en los autos número 1.239 de 2013, por no ser conocido el domicilio de don Marian Stancu, por diligencia de ordenación de fecha 25 de julio de 2014, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 1 de julio de 2014, cuyo tenor literal del encabezamiento y del fallo es el siguiente:
  Sentencia número 136
  En Madrid, a 1 de julio de 2014..Vistos por la ilustrísima señora doña Hortensia Domingo de la Fuente, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 70 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 1.239 de 2013, seguidos a instancias del procurador don Gonzalo Mendívil Martín, en nombre y representación de la entidad “FCE Bank, PLC, Sociedad Anónima” (sucursal en España), y asistida del letrado don Juan José García García, contra don Marian Stancu.
  Fallo
  Estimo la demanda formulada por el procurador don Gonzalo Mendívil Martín, en nombre y representación de la entidad “FCE Bank, PLC, Sociedad Anónima” (sucursal en España), contra don Marian Stancu, declaro resuelto el contrato objeto de las presentes actuaciones y condeno a la parte demandada a la inmediata restitución y entrega a la entidad actora del automóvil objeto del contrato suscrito marca “Ford”, modelo C-Max 2007.5 Trend 1800, de cinco puertas y de clase turismo, con número de chasis WF0EXXGCDE7S00551, matrícula 6885FYY.
  Con expresa condena en costas causadas en este procedimiento a la parte demandada, don Marian Stancu.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, instruyéndoles de que no cabe recurso alguno.
  Se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
  En Madrid, a 25 de julio de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (02/5.742/14)</texto>
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