<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20140923-115</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/09/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Guadalajara número 1. Seguridad Social 94 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>226</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2014-09-23-226170920140067</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/09/23/BOCM-20140923-115.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/09/23/BOCM-20140923-115.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/09/23/BOCM-20140923-115.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/09/23/BOCM-20140923-115.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1 
 
 115 
 Seguridad Social 94 de 2013 
  EDICTO
  Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento de Seguridad Social número 94 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen González Romero, contra las empresas “Grupo One Ibérica”, “One Outsourcin, Sociedad Limitada”, y “One Servicios Industriales, Sociedad Limitada”, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Teniendo a la parte actora por desistida de su acción dirigida frente a las empresas demandadas “Mullor, Sociedad Anónima”, “One Out Sourcine”, y “One Servicios Industriales, Sociedad Limitada”, desestimo la demanda formulada por doña María del Carmen González Romero, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social, a los que absuelvo de la pretensión deducida en su contra por la parte actora, confirmando el alta médica de fecha 27 de diciembre de 2012.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, anunciándolo ante este Juzgado por comparecencia o por escrito en el plazo de los cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 192 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Grupo One Ibérica”, “One Outsourcin, Sociedad Limitada”, y “One Servicios Industriales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 28 de agosto de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/26.089/14)</texto>
</documento>