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    <fecha_publicacion>2014/09/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Segovia número 5. Juicio de faltas 127 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>225</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SEGOVIA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE SEGOVIA NÚMERO 5 
 
 60 
 Juicio de faltas 127 de 2014 
  EDICTO
  Doña Rosa Lafuente de Benito, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Segovia.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 127 de 2014 se ha dictado resolución que dice:
  En las actuaciones indicadas, iniciadas por denuncia de don David Abadía Guerra, se ha acordado citar a doña Adriana Elena Lalu, fin de que el día 25 de septiembre de 2014, a las once horas, asista en la Sala de vistas a la celebración del juicio de faltas, seguido por falta de estafa, apropiación indebida y otras defraudaciones, cuyos hechos ocurrieron en Segovia el día 14 de junio de 2014, en calidad de denunciada, debiendo comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse. Si se tratare, en su caso, de persona jurídica lo habrá de hacer a través de representante legal, acreditando en el acto del juicio tal carácter. Podrá, igualmente, comparecer asistida de abogado si lo desea.
  Si pretende proponer en juicio la prueba de testigos y no pudiera encargarse personalmente de su comparecencia el día y hora señalados, deberá interesar la citación judicial de los mismos aportando a este Juzgado, con una antelación mínima de diez días al día de la vista, sus datos identificativos y domicilios, practicándose las citaciones por la oficina judicial, con la advertencia de que en el acto del juicio deberá proponerse esta prueba.
  Se le apercibe de que si reside/tiene su sede o local abierto en este término municipal y no comparece ni alega justa causa que se lo impida se le podrá imponer una multa de 200 a 2.000 euros. En caso de residir/tener su sede o local/es fuera de este término municipal no tiene obligación de concurrir al acto del juicio, pudiendo dirigir escrito a este Juzgado en su defensa, así como apoderar a abogado o procurador para que presente en el acto del juicio las alegaciones y pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  De conformidad con lo establecido en el artículo 971 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal se le apercibe de que la ausencia injustificada del denunciado no suspenderá la celebración ni la resolución del juicio siempre que conste habérsele citado con las formalidades prescritas en esta Ley, a no ser que el juez de oficio o a instancias de parte crea necesaria la declaración de aquel.
  Y para que conste y sirva de citación a doña Adriana Elena Lalu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido el presente.
  En Segovia, a 4 de septiembre de 2014..La secretaria (firmado).
  (03/27.928/14)</texto>
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