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    <fecha_publicacion>2014/09/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Procedimiento ordinario 1.706 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>221</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10 
 
 68 
 Procedimiento ordinario 1.706 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento ordinario número 1.706 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:
  Sentencia número 148 de 2014
  En Madrid, a 9 de julio de 2014..Doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 1.706 de 2012, seguidos ante este Juzgado, entre las siguientes partes: como demandante, don Antonio Díaz García y doña María Cecilia Álvarez Sánchez, con procuradora doña María Luz Simarro Valverde, y letrado don Damián Vázquez Jiménez, y como demandada, “Masjesdan, Sociedad Limitada”, en situación procesal de rebeldía, sobre acción de nulidad y subsidiaria de resolución de contrato y acción de reclamación de cantidad, y el siguiente
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por la procuradora en nombre y representación de don Antonio Díaz García y doña María Cecilia Álvarez Sánchez, frente a “Masjesdan, Sociedad Limitada”:
  Primero.  Declaro la nulidad del contrato de fecha 6 de octubre de 2001 suscrito entre los demandantes y la demandada.
  Segundo.  Condeno a la demandada a reintegrar a los demandantes las cantidades satisfechas a consecuencia del contrato de 12.020,24 euros con los intereses legales y a la devolución de la letra de cambio, por importe de 250.000 pesetas firmada por los demandantes a la firma de dicho contrato.
  Tercero.  Condeno a la demandada a las costas del procedimiento.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que se interpondrá ante este Juzgado en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, exponiendo las alegaciones en que base la impugnación y citando la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna.
  Así lo acuerda, manda y firma doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera Instancia número 10 de Madrid, de lo que doy fe.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Masjesdan, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 23 de julio de 2014..El secretario (firmado).
  (03/5.672/14)</texto>
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