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    <fecha_publicacion>2014/09/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ciempozuelos. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Ciempozuelos</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 66 
 Modificación ordenanza fiscal 
  Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Ciempozuelos de 26 de junio de 2014 sobre la aprobación provisional de la modificación del artículo 5.I) de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de los servicios urbanísticos, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
  Art. 5.I)  Tramitación de licencias de instalación, construcción y obras..Para todos los supuestos de hecho contemplados tanto en la ordenanza fiscal reguladora del ICIO como en la ordenanza de tramitación de licencias y control urbanístico vigentes en este Ayuntamiento.
  Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Ciempozuelos, a 26 de agosto de 2014..La alcaldesa-presidenta en funciones, Azucena Díaz Rodríguez.
  (03/26.042/14)</texto>
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