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    <identificador>BOCM-20140912-107</identificador>
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    <fecha_publicacion>2014/09/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 1. Despido 257 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>217</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1 
 
 107 
 Despido 257 de 2014 
  EDICTO
  Doña María del Rosario de Andrés Herrero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento de despido/ceses en general número 257 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Beatriz Cerviño Vicente, contra la empresa “Impulsa Contact Center, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 310 de 2014
  En Guadalajara, a 19 de julio de 2014..Vistos por la ilustrísima señora doña Inmaculada Lova Ruiz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara y su provincia, los presentes autos número 257 de 2014, seguidos a instancias de doña Beatriz Cerviño Vicente, frente a la empresa “Impulsa Contact Center, Sociedad Limitada”, habiendo sido citado el Fondo de Garantía Salarial, sobre impugnación de despido tácito, en los que constan el siguiente
  Fallo
  Estimando la excepción de caducidad alegada por la entidad gestora demandada, desestimo la demanda formulada por doña Beatriz Cerviño Vicente, frente a “Impulsa Contact Center, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, a los que absuelvo de las pretensiones de la parte actora, sin entrar a conocer del fondo del asunto.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha. En caso de que se presente recurso ha de anunciarse ante este Juzgado por escrito o comparecencia dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia.
  Así por esta sentencia que se llevará al libro de sentencias de este Juzgado, dejando certificación literal de la misma a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Impulsa Contact Center, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 19 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.809/14)</texto>
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