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    <identificador>BOCM-20140903-117</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/09/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Procedimiento 703 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>209</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 
 117 
 Procedimiento 703 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Nieves Prieto Berrocal, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 703 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Santiago Medina Hidalgo, frente a doña Gloria Otero González (administradora concursal), “Faventis, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, “Sacyr Construcción, Sociedad Anónima Unipersonal”, y “Sacyr Vallehermoso, Sociedad Anónima”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:
  Se tiene por desistida a la parte “Sacyr Construcción, Sociedad Anónima Unipersonal”, del recurso de suplicación interpuesto contra la resolución de fecha 14 de febrero de 2014, dictada en este procedimiento.
  Asimismo, habiendo ingresado “Sacyr Construcción, Sociedad Anónima Unipersonal”, en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado la cantidad de 1.542,07 euros, expídase el correspondiente mandamiento de devolución a favor de don Santiago Medina Hidalgo una vez firme la presente resolución, haciéndole saber que puede pasar a retirarlo en horario de audiencia pública de nueve a catorce horas si a su derecho conviene.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Faventis, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.370/14)</texto>
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