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    <titulo>Jaén número 4. Ejecución 89 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE JAÉN NÚMERO 4 
 
 84 
 Ejecución 89 de 2014 
  EDICTO
  Don Miguel Ángel Rivas Carrascosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 4 de Jaén.
  Hace saber: Que en la ejecutoria seguida en este Juzgado bajo el número 89 de 2014, a instancias de la parte actora don Pedro Castellón Martínez, contra “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto de fecha 8 de julio de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Decreto
  Acuerdo:
  a)  Declarar a la empresa ejecutada “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 9.817,50 euros en concepto de principal e interés de mora, más 1.963,50 euros presupuestados para intereses y costas del procedimiento. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Hacer entrega de certificación a la parte ejecutante que lo solicite para que surta sus efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.
  c)  Archivar las actuaciones, previa anotación en los libros de registro correspondientes de este Juzgado y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocieren bienes de la ejecutada sobre los que trabar embargo.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso directo de revisión ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social), constituyendo el recurrente que no goce del beneficio de justicia gratuita el depósito de 25 euros en la cuenta del “Banco Santander” número 2090/0000/30/0089/14, acreditándolo con el correspondiente resguardo, y sin cuyo requisito no se dará trámite al recurso. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Lo acuerdo y firmo.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Transcar Logística, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Jaén, a 8 de julio de 2014..El secretario judicial (firmado).
  (03/25.275/14)</texto>
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