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    <fecha_publicacion>2014/08/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Ejecución 121 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>206</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 
 42 
 Ejecución 121 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 121 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Esther Amelia Soto López, frente a “Alamares, Sociedad Limitada”, y “Asesores Jurídico Tributarios Zurbano 76, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Dolores Marín Relanzón..En Madrid, a 9 de julio de 2014.
  Vista la anterior tasación pericial, dese el oportuno traslado de la misma a las partes y terceros que conste tengan derechos sobre los bienes a tasar para que en el plazo de cinco días puedan alegar y hacer las manifestaciones que a su derecho convenga (artículo 639.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Viendo el valor de las fincas números 64.310 y 59.786, no se sacan a subasta.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alamares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.450/14)</texto>
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