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    <fecha_publicacion>2014/08/29</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 97 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>205</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 
 102 
 Ejecución 97 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial en funciones de sustitución en el Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 97 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Dolores Valle Arias, frente a “Gastronómica de Humanes, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 21 de julio de 2014..Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Parte dispositiva:
  En atención a lo expuesto, se acuerda: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 5 de marzo de 2014 a favor de la parte ejecutante doña María Dolores Valle Arias, frente a la demandada “Gastronómica de Humanes, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 5.277,71 euros, más 527 euros y 527 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los requisitos procesales exigidos, pudiendo la parte demandada deducir oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, y pudiendo alegarse en el caso del procedimiento monitorio la falta de notificación del requerimiento [artículo 101.c) de la Ley de la Jurisdicción Social], oposición para la que tiene el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte (artículo 239.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social), debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2507/0000/64/0097/14.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José María Reyero Sahelices.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gastronómica de Humanes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.940/14)</texto>
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