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    <fecha_publicacion>2014/08/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2. Ejecución 243 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>204</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 
 157 
 Ejecución 243 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 243 de 2014 (ejecución) de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Verónica Ortega Santos, frente a “Climatización Gas e Instalaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 18.253,09 euros de principal y 1.825 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Climatización Gas e Instalaciones, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Asimismo, hágase entrega de certificación de la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2851/0000/64/0243/14.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Climatización Gas e Instalaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 23 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.007/14)</texto>
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