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    <departamento>ALCALÁ DE HENARES</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/08/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcalá de Henares. Organización y funcionamiento. Delegación funciones</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>203</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcalá de Henares</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 33 
 Delegación funciones 
  Por resolución de la Alcaldía-Presidencia 1743/2014, de 22 de julio, se ha resuelto conferir las siguientes delegaciones:
  Primero..Delegar a favor de los diferentes concejales-delegados de este Ayuntamiento la firma de las declaraciones juradas y/o responsables, la del visto bueno de las diferentes certificaciones y la de cuantos otros documentos atribución de esta Alcaldía-Presidencia hayan de expedirse en materia de su competencia, incluida la formalización de convenios de toda clase y la firma de solicitudes de subvenciones.
  Segundo..Delegar adicionalmente a favor de doña Marta Viñuelas Prado, en su condición de concejala-delegada de Hacienda, Presupuestos y Viabilidad, Patrimonio Municipal, Recursos Humanos y Turismo y Portavoz y Coordinadora del Equipo de Gobierno, sin perjuicio de las atribuciones que le asignen las bases de ejecución del presupuesto general de este Ayuntamiento:
  .	La firma de los diferentes contratos que celebre este Ayuntamiento.
  .	La autorización y disposición de gastos y otras atribuciones que en materia de ejecución presupuestaria le asignen las bases de ejecución del presupuesto general.
  .	La firma de los documentos contables relativos a los acuerdos y resoluciones de devolución de ingresos indebidos y de devolución de fianzas.
  .	La formulación de todas las propuestas de gasto en materias competencia de la Alcaldía-Presidencia.
  .	La firma del visto bueno de las diferentes certificaciones relativas al padrón municipal de habitantes y la de las diferentes resoluciones que en materias de estadística y/o padrón municipal de habitantes hayan de adoptarse, salvo en lo concerniente a los procesos electorales, en cuyo caso corresponderá a esta Alcaldía-Presidencia.
  Tercero..Delegar adicionalmente a favor de don Francisco Javier Fernández Abad, en su condición de concejal-secretario de la Junta de Gobierno Local, la firma de los documentos contables que se especifican, sin que ello suponga la asunción de responsabilidades derivadas de la adopción de los actos administrativos que originen los correspondientes documentos contables, que recaerán en todo caso sobre el órgano que adopte los correspondientes acuerdos:
  .	Documentos contables específicos de la ejecución del presupuesto de gastos e ingresos del ejercicio corriente y de ejercicios cerrados que, en su caso, requieran la firma o validación de la Alcaldía-Presidencia.
  .	Documentos contables específicos de operaciones no presupuestarias y los mandamientos de pago o de devolución de ingresos derivados de las mismas que, en su caso, requieran la firma o validación de la Alcaldía-Presidencia.
  .	Otros documentos contables: posibles asientos directos, relaciones contables, anexos multiaplicación, etcétera.
  .	Firma de transferencias bancarias, cheques y cualquier documento en que se materialicen los movimientos y disposiciones de las cuentas bancarias.
  .	Otros documentos con trascendencia contable: órdenes de pago a justificar y documentación que, en su caso, deba presentarse suscrita o validada por la Alcaldía-Presidencia ante la AEAT o la Seguridad Social.
  Todo ello, excluidos los listados mensuales de nómina del personal municipal (funcionario, laboral, directivos y/o eventual), y la formalización de operaciones de crédito de toda clase, cuya competencia será ejercida por la Alcaldía-Presidencia.
  Lo que se hace público a los efectos de lo dispuesto en los artículos 52 y 53 del Reglamento Orgánico Municipal, y 43 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
  Alcalá de Henares, a 28 de julio de 2014..El secretario titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge.
  (03/25.253/14)</texto>
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