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    <titulo>Madrid número 18. Ejecución 46 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 
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 Ejecución 46 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 46 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl García Álvarez, frente a “Pacadar, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 660,84 euros, a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.
  Póngase a disposición de don Raúl García Álvarez la cantidad de 56,49 euros en concepto de intereses, y transfiérase a la cuenta indicada en su escrito de fecha 22 de abril de 2014.
  Póngase a disposición de don Alejandro Domínguez González la cantidad de 404,51 euros en concepto de parte de honorarios, y entréguese el correspondiente mandamiento de devolución en la Secretaría de este Juzgado.
  Faltando dinero para cubrir el total de la tasación de costas, se requiere a “Pacadar, Sociedad Anónima”, para que en el plazo de cinco días consigne en la cuenta que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Santander” con número 2516/0000/64/0046/14 la cantidad de 199,84 euros en concepto de resto de honorarios, y encontrándose la empresa mencionada desaparecida, notifíquese a través de edictos la presente y, en su virtud, se acuerda el embargo de los saldos a favor de la ejecutada en las entidades que aparecen en la base de datos de la Agencia Estatal Tributaria a través del Punto Neutro Judicial en cuanto sean suficientes para cubrir la suma de las cantidades reclamadas. A tal efecto, realícese la petición de cargo por requerimiento judicial telemáticamente a través de la “Cuenta de consignaciones judiciales”.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto Santander”, número 2516/0000/64/0046/14.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pacadar, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de julio de 2014..La secreteria judicial (firmado).
  (03/24.434/14)</texto>
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