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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/08/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Arganda del Rey número 2. Juicio de faltas 474 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>200</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 2 
 
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 Juicio de faltas 474 de 2013 
  EDICTO
  Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Arganda del Rey.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 474 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Arganda del Rey, a 5 de septiembre de 2013..El ilustrísimo señor don José Ángel Rollón Bragado, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Arganda del Rey, ha visto los presentes autos de juicio inmediato por falta seguidos en este Juzgado con el número 474 de 2013, sobre presunta falta de hurto, con intervención, como denunciante, de don Cristian Raúl Flores Romero, y como denunciados de doña Juana Silva de los Reyes, don Jorge Diago Vedia, doña Sarai Romero Silva y don Alejandro Pilar Arias.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Sarai Romero Silva y a don Alejandro Pilar Arias, como autores de una falta de hurto, en grado de tentativa, prevista en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena a imponer a cada uno de ellos de multa de un mes, con una cuota diaria de 3 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y al pago de las costas.
  Que debo absolver y absuelvo libremente a doña Juana Silva de los Reyes y a don Jorge Diago Vedia de la falta que se les imputaba, declarando respecto a ellos las costas de oficio.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Sarai Romero Silva y don Alejandro Pilar Arias, actualmente en paradero desconocido, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, dentro del plazo de cinco días, expido la presente.
  En Arganda del Rey, a 23 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.672/14)</texto>
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