<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20140823-103</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/08/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Huelva número 3. Ejecución de títulos judiciales 86 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>200</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2014-08-23-200130820140139</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/08/23/BOCM-20140823-103.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/08/23/BOCM-20140823-103.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/08/23/BOCM-20140823-103.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/08/23/BOCM-20140823-103.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3 
 
 103 
 Ejecución de títulos judiciales 86 de 2014 
  EDICTO
  Doña María del Carmen Bellón Zurita, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 86 de 2014, a instancias de la parte actora don Elías Pérez Beltrán, contra “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto de fecha 11 de julio de 2014, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Declarar a la ejecutada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, en situación de insolvencia provisional por importe de 782,49 euros de principal, más otros 155 euros de intereses y costas del procedimiento. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial.
  Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en el número de cuenta de este Juzgado 1932/0000/30/0086/14, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Huelva, a 11 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.525/14)</texto>
</documento>