<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20140823-101</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/08/23</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Guadalajara número 2. Procedimiento ordinario 557 de 2013-C</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>200</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2014-08-23-200130820140137</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/08/23/BOCM-20140823-101.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/08/23/BOCM-20140823-101.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/08/23/BOCM-20140823-101.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/08/23/BOCM-20140823-101.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 2 
 
 101 
 Procedimiento ordinario 557 de 2013-C 
  EDICTO
  Doña María del Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 557 de 2013-C de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Almudena Martínez Rodrigo, contra “Asistencia Integral Dependientes, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimo la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por doña Almudena Martínez Rodrigo, contra “Asistencia Integral Dependientes, Sociedad Limitada”, y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora la cantidad bruta de 240,17 euros de principal y 24,01 euros de interés moratorio.
  Que, asimismo, condeno a “Asistencia Integral Dependientes, Sociedad Limitada”, a abonar una multa por temeridad por importe de 60,00 euros, que deberá ingresar en la cuenta de este Juzgado, y al abono de los honorarios del letrado interviniente en la cuantía bruta de 60,00 euros.
  La presente sentencia es firme y contra la misma no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don José Rafael García de la Calle, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Asistencia Integral Dependientes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 15 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.677/14)</texto>
</documento>