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    <fecha_publicacion>2014/08/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid. Sala de lo Social. Sección Sexta. Procedimiento 1.609 de 2013</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 
 61 
 Procedimiento 1.609 de 2013 
  SALA DE LO SOCIAL
  Sección Sexta
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO
  Doña Encarnación Egido Trillo-Figueroa, secretaria judicial de la Sección Sexta del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Hago saber: Que en el recurso de casación para la unificación de la doctrina número 69 de 2014-AB que se tramita ante esta Sección, seguido a instancias de “Loomis Spain, Sociedad Anónima”, frente a don Jesús Varela Álvarez y “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Encarnación Egido Trillo-Figueroa..En Madrid, a 17 de julio de 2014.
  La letrada doña Antonia L. León Garrido, en nombre y representación de “Loomis Spain, Sociedad Anónima”, ha presentado escrito de interposición de recurso de casación para la unificación de doctrina en tiempo y forma con las oportunas certificaciones de sentencia en la forma que posibilita el apartado 3 del artículo 224 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
  Acuerdo: Tener por interpuesto en tiempo y firma el recurso de casación para la unificación de la doctrina y emplazar a las demás partes para su personación por escrito mediante letrado, ante la Sala Cuarta de lo social del Tribunal Supremo, dentro del plazo de los diez días siguientes contados a partir de la notificación de la presente resolución, entendiéndose personada de derecho a la parte recurrente, con la remisión de los presentes autos. Advertir a las partes que deberán acreditar su representación, de no constar previamente en las actuaciones, y designar un domicilio en la sede de la Sala de lo social del Tribunal Supremo a efectos de notificaciones con todos los datos necesarios para su práctica con los efectos del apartado 2 del artículo 53 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Estando acreditado que la entidad demandada “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, se encuentra en ignorado paradero, llévese a efecto el emplazamiento acordado en la presente resolución mediante la publicación de edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, al que se oficiará al efecto.
  Notifíquese a las partes.
  Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante la secretaria judicial, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
  Lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación y emplazamiento en legal forma a “Esabe Transportes Blindados, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/24.029/14)</texto>
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