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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/08/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Procedimiento ordinario 588 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>194</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 
 22 
 Procedimiento ordinario 588 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 588 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis Raúl Perezagua Varas, frente a “Construcciones MS, Sociedad Anónima”, y “Prevención y Control de Obras, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 14 de julio de 2014.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en fecha 11 de julio de 2014 don Luis Raúl Perezagua Varas presenta escrito manifestando su intención de desistir de la demanda..Doy fe.
  Decreto
  En Madrid, a 14 de julio de 2014.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda tener por desistido a la parte actora don Luis Raúl Perezagua Varas de la acción ejercitada en este procedimiento y ordenar el archivo de las presentes actuaciones, previa baja en el libro correspondiente.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 2509/0000/60/0588/13.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, quedando notificada la mercantil “Construcciones MS, Sociedad Anónima”..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Prevención y Control de Obras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de julio de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.889/14)</texto>
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