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    <identificador>BOCM-20140814-73</identificador>
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    <fecha_publicacion>2014/08/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Procedimiento 1.512 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>192</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10 
 
 73 
 Procedimiento 1.512 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento de juicio ordinario número 1.512 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 62
  En Madrid, a 31 de marzo de 2014..Doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 1.512 de 2012 seguidos ante este Juzgado, entre las siguientes partes: como demandante, “Mepé, Sociedad Anónima”, con procurador don Argimiro Vázquez Senín y letrado don Rafael Rodríguez de Diego, y como demandado, don Julián Castellanos García, en situación procesal de rebeldía, sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad, y lo siguiente:
  Fallo
  Estimando parcialmente la demanda formulada por el procurador señor Vázquez Senín, en nombre y representación de “Mepé, Sociedad Anónima”, contra don Julián Castellanos García, declaro resuelto el contrato de instalación y explotación de máquinas recreativas y aparatos de juego de fecha 28 de febrero de 2012 suscrito entre las partes y condeno al demandado don Julián Castellanos García a abonar la suma de 30.000 euros correspondientes a la parte proporcional de la contraprestación percibida como anticipo de las recaudaciones, con el interés moratorio pactado del 10 por 100 anual desde la fecha de la interpelación judicial, y condeno al demandado don Julián Castellanos García a abonar a la actora la suma de 8.640 euros como indemnización de daños y perjuicios, con los intereses legales desde la fecha de interpelación judicial, y sin que proceda expresa condena en costas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que se interpondrá, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días contados desde el siguiente a la notificación de esta resolución, exponiendo las alegaciones en que base la impugnación y citando la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna, previo depósito de 50 euros que deberá consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2438 de “Banesto”, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.
  Así lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, de lo que doy fe.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Julián Castellanos García se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  En Madrid, a 8 de abril de 2014..El secretario (firmado).
  (02/5.159/14)</texto>
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