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    <fecha_publicacion>2014/08/14</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Chapinería. Régimen económico. Ordenanza enseñanza entidades locales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>192</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Chapinería</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE CHAPINERÍA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 47 
 Ordenanza enseñanza entidades locales 
  El Pleno del Ayuntamiento de Chapinería, en sesión extraordinaria celebrada el día 17 de julio de 2014, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por servicios de enseñanza en establecimientos docentes de las entidades locales.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Chapinería, a 29 de julio de 2014..El alcalde, Ángel Luis Fernández Robles.
  (03/24.391/14)</texto>
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