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    <identificador>BOCM-20140730-17</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Economía y Hacienda</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/07/30</fecha_publicacion>
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– Resolución de 11 de julio de 2014, del Director General de Industria, Energía y Minas, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de los actos administrativos correspondientes a los procedimientos sancionadores números INIF 75/14, INIF 105/14, INIF 113/14, INIF 139/14 e INIF 408/13</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA 
 
 17 
 RESOLUCIÓN de 11 de julio de 2014, del Director General de Industria, Energía y Minas, por la que, en aplicación del artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación de los actos administrativos correspondientes a los procedimientos sancionadores números INIF 75/14, INIF 105/14, INIF 113/14, INIF 139/14 e INIF 408/13. 
  Resultando infructuosos los intentos de notificación de los actos administrativos emanados de los procedimientos sancionadores citados en el encabezamiento, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede por la presente a su publicación como Anexo, con el contenido expresado en el artículo 61 del mismo texto legal, por entender que la publicación íntegra de los escritos lesionaría los derechos o intereses legítimos de los interesados.
  ANEXO
  ACUERDOS DE INICIO DEL DIRECTOR GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS DE INCOACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONADORES
  Requerido y último domicilio conocido. . Expediente. . Objeto del requerimiento
  Eurotech Service Center, Sociedad Limitada, con domicilio en Bécquer, 1-bis, primera planta, oficina F, 28932 Móstoles (Madrid). . INIF 105/14. . Acuerdo de Inicio de procedimiento sancionador de 16 de abril de 2014.
  Gigante Azul, Sociedad Limitada, titular del restaurante “Brutus”, sito en avenida de Europa, número 19, bajo 2, 28943 Fuenlabrada (Madrid). . INIF 113/14. . Acuerdo de Inicio de procedimiento sancionador de 13 de mayo de 2014.
  ITV Humanes, Sociedad Limitada, titular de la estación ITV número 2874, situada en avenida de Fuenlabrada, número 15, 28970 Fuenlabrada (Madrid). . INIF 139/14. . Acuerdo de Inicio de procedimiento sancionador de 22 de mayo de 2014.
  Frente a los Acuerdos de Inicio, conforme con el artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, los interesados podrán formular alegaciones en el plazo de quince días hábiles, aportar cuantos documentos estimen convenientes y solicitar, en su caso, la práctica de prueba, mediante escrito dirigido al Servicio de Apoyo Jurídico de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
  PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL INSTRUCTOR DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR TRAMITADO EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
  Requerido y último domicilio conocido. . Expediente. . Objeto del requerimiento
  Comunidad de propietarios avenida del Perú, números 10-12; calle Pilar Soler, números 9-11, 28907 Getafe (Madrid). . INIF 75/14. . Propuesta de Resolución en el expediente sancionador de 17 de junio de 2014.
  Frente a la Propuesta de Resolución, de acuerdo con el artículo 12.2 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid, el interesado podrá formular alegaciones en el plazo de quince días hábiles y presentar los documentos y las justificaciones que estime convenientes, mediante escrito dirigido al Servicio de Apoyo Jurídico de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares y formas establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
  ORDEN DEL CONSEJERO DE ECONOMÍA Y HACIENDA Y ESCRITO DE INFORMACIÓN DE PAGO VOLUNTARIO
  Requerido y último domicilio conocido. . Expediente. . Objeto del requerimiento
  Juan Ramón Cantos Figuerola Bustos, con domicilio en Piedralaves, 1, 28230 Las Rozas de Madrid (Madrid). . INIF 408/13. . Orden sancionadora del Consejero de Economía y Hacienda de 6 de junio de 2014 y escrito de información de pago voluntario de 10 de junio de 2014.
  Para hacer efectivo el pago de la sanción podrá optarse por el ingreso directo, bien en metálico, cheque bancario o talón conformado a nombre de la Comunidad de Madrid, en cuyo caso habrá de personarse previamente en la Caja de Depósitos de la Tesorería General de la Comunidad de Madrid, sita en la plaza de Chamberí, número 8, primera planta, donde se le facilitará la carta de pago que deberá presentar a la entidad bancaria colaboradora donde se realice el pago. El pago de la sanción también podrá realizarse mediante transferencia, que deberá solicitarse a través del correo electrónico caja.comunidadmadrid@madrid.org
  Contra la Orden cabe interponer potestativamente recurso de reposición ante el Consejero de Economía y Hacienda en el plazo de un mes, que podrá presentarse en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses.
  Frente al escrito de información de pago voluntario de la sanción, y a partir del inicio del período voluntario para el pago, podrá interponerse conforme se dispone en los artículos 222 y 227 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y el Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa, recurso potestativo de reposición ante el Director General de Industria, Energía y Minas, o directamente reclamación económico-administrativa ante la Junta Superior de Hacienda de la Comunidad de Madrid.
  Los plazos anteriormente indicados se contarán a partir del día siguiente al de la última de las publicaciones efectuadas, informando a los interesados de que los expedientes administrativos se encuentran en las dependencias de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, Servicio de Apoyo Jurídico (calle Cardenal Marcelo Spínola, número 14, sexta planta, 28016 Madrid).
  Lo que se hace público, a la vez que se informa a los interesados de que también se ha ordenado la publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido.
  Dado en Madrid, a 11 de julio de 2014..El Director General de Industria, Energía y Minas, Carlos López Jimeno.
  (01/2.559/14)</texto>
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