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    <identificador>BOCM-20140701-59</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2014/07/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Parla número 3. Procedimiento ordinario 387 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>154</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3 
 
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 Procedimiento ordinario 387 de 2011 
  EDICTO
  En el procedimiento ordinario número 387 de 2011 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Parla, a 2 de abril de 2014..Vistos por la ilustrísima señora doña Aurora de Blas Hernández, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Parla, los autos de juicio ordinario que por turno de reparto ha correspondido tramitar a este Juzgado con el número 387 de 2011, seguidos a instancias de “Banco Santander, Sociedad Anónima”, representada por el procurador señor González Pomares y asistida del letrado don Manuel Laclaustra Arroyo, contra don Boubacar Diallo, declarado en rebeldía en el presente procedimiento.
  Fallo
  Que en la demanda interpuesta por el procurador señor González Pomares, en representación de “Banco Santander, Sociedad Anónima”, contra don Boubacar Diallo, hago los siguientes pronunciamientos:
  Primero.  Condeno al demandado al abono de la suma de 6.789,25 euros.
  Segundo.  Condeno al demandado al abono de los intereses legales desde la interposición de la demanda.
  Tercero.  Se imponen las costas al demandado.
  Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, dentro de los veinte días siguientes, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la magistrada-juez que la dictó estando celebrando audiencia pública en el día de la fecha con mi asistencia..Doy fe.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Boubacar Diallo se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Parla, a 2 de junio de 2014..El secretario (firmado).
  (02/4.082/14)</texto>
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