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    <fecha_publicacion>2014/06/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Donostia-San Sebastián número 5. Despidos 960 de 2013-6</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE DONOSTIA-SAN SEBASTIÁN NÚMERO 5 
 
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 Despidos 960 de 2013-6 
  EDICTO
  Doña Isabel Urbano Mateos, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Donostia-San Sebastián.
  Hace saber: Que en autos de despidos número 960 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de doña María Abilia Pereira Da Silva Cerque, contra “Abian Multiservicios, Sociedad Limitada”, siendo parte interesada en el proceso el Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución (sentencia número 23 de 2014):
  Fallo
  Que debo estimar la demanda promovida por doña María Abilia Pereira Da Silva Cerque, frente a la empresa “Abian Multiservicios, Sociedad Limitada”, y declarando su despido como improcedente, condeno a la demandada a que opte en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia entre la readmisión de la demandante o el abono de la indemnización de 8.950,21 euros, con pago en el caso de que opte por la readmisión de los salarios dejados de percibir desde el despido hasta la notificación de la sentencia.
  Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, debiendo ser anunciado tal propósito mediante comparecencia o por escrito, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, debiendo desingar letrado o graduado social para su formalización (artículo 191.3 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo cuando se trate de auto, sentencia o decreto, que ponga fin al proceso o resuelva incidentes, o emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación a “Abian Multiservicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Donostia-San Sebasián, a 6 de mayo de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/15.669/14)</texto>
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