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    <fecha_publicacion>2014/05/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 28. Procedimiento 1.166 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 28 
 
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 Procedimiento 1.166 de 2013 
  EDICTO
  En los autos de procedimiento de divorcio contencioso número 1.166 de 2013, sobre otras materias, se ha dictado la siguiente resolución:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por el procurador señor Vélez Celemín, en representación de doña Victoria Eladsua Ndoh, contra don Belmont Yaka Abouen, declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio contraído por los cónyuges litigantes con los efectos legalmente inherentes a tal declaración; asimismo, se establecen las siguientes medidas:
  1.  Se atribuye la guarda y custodia de los menores a la madre, en cuya compañía quedan.
  2.  Se atribuye a la madre el ejercicio exclusivo de la patria potestad.
  3.  No ha lugar a establecer régimen de comunicaciones entre los menores y el padre.
  4.  En concepto de pensión alimenticia a favor de las menores y a cargo del padre se establece que este entregue a la madre dentro de los cinco días de cada mes la cantidad de 80 euros para cada uno, actualizándose anualmente su importe de conformidad con las variaciones que experimente el índice de precios al consumo publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
  Ambos progenitores contribuirán por mitad en los gastos extraordinarios que en relación con los menores puedan producirse, previa acreditación de su necesidad.
  Sin costas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y al ministerio fiscal observando lo prevenido en el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la disposición adicional decimoquinta, introducida por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, y firme que sea expídase el oportuno despacho para la anotación marginal de la misma en la inscripción del matrimonio.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación y citación a don Belmont Yaka Abquem se expide la presente en Madrid, a 9 de abril de 2014..La secretaria (firmado).
  (03/13.030/14)</texto>
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