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    <fecha_publicacion>2014/04/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 25 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>83</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 
 185 
 Ejecución 25 de 2014 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 25 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Cándido Manuel Fernández Fernández, don Hristo Ivanov Filiopov y don Miguel Ángel Fernández Fernández, frente a “Conserjes y Control, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Hristo Ivanov Filipov, don Miguel Ángel Fernández Fernández y don Cándido Manuel Fernández Fernández, frente a la demandada “Conserjes y Control, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 130.139,56 euros, que corresponde:
  1.  A don Cándido Fernández Fernández: 45.643,47 euros.
  2.  A don Miguel Ángel Fernández Fernández: 54.243,76 euros.
  3.  A don Hristo Ivanov Filipov: 30.252,33 euros.
  Más 20.000 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Conserjes y Control, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 27 de febrero de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.746/14)</texto>
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