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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/04/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 5. Ejecución 283 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>83</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 
 105 
 Ejecución 283 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María José Villagrán Moriana, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 283 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Juana Pino Lozano, frente a la administradora concursal doña Manuela Serrano Sánchez, “Headset Telecom, Sociedad Limitada”, y “Servicios Integrales Delgado, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 26 de noviembre de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda subsanar el defecto advertido en la sentencia de fecha 8 de noviembre de 2013, en el sentido de hacer constar que la parte demandante es “doña Juana Pino Lozano”.
  Incorpórese esta resolución al libro de sentencias y llévese testimonio a los autos.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Ángela Mostajo Veiga.
  Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Servicios Integrales Delgado, Sociedad Limitada”, y “Headset Telecom, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 28 de febrero de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.766/14)</texto>
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