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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>PRÁDENA DEL RINCÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/03/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Prádena del Rincón. Organización y funcionamiento. Ordenanza abrevaderos y puertas de acceso fincas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>55</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PRÁDENA DEL RINCÓN</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PRÁDENA DEL RINCÓN 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 85 
 Ordenanza abrevaderos y puertas de acceso fincas 
  En la Intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se halla expuesto al público el acuerdo provisional de la ordenanza reguladora de las condiciones de adaptación al entorno de abrevaderos y puertas de acceso a las fincas en terreno rústico urbano del Ayuntamiento de Prádena del Rincón que fue adoptado por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el 7 de febrero de 2014.
  En cumplimiento de lo acordado se expone al público el citado acuerdo provisional, así como el texto de la ordenanza mediante publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento por un plazo de treinta días hábiles durante los cuales los interesados podrán examinar el expediente y presentar reclamaciones ante el Pleno. De conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, los acuerdos de aprobación provisional se consideran definitivamente aprobados si durante el citado plazo no se presenta ninguna reclamación.
  En Prádena del Rincón, a 7 de febrero de 2014..La alcaldesa, Gema Lidia Fernández Carretero.
  (03/6.089/14)</texto>
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