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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 7</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/03/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 7. Procedimiento 1.237 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>55</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 7 
 
 175 
 Procedimiento 1.237 de 2012 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  En el procedimiento número 1.237 de 2012 se  ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Auto
  En Móstoles, a 3 de febrero de 2014.
  Hechos:
  Primero..Por la procuradora señora Blanco Delgado, actuando en la representación de doña Victoria Mesako Bilora, se presentó demanda de guarda y custodia contenciosa contra don Pierre Many Taguiawa, y con fundamento en la alegación de los hechos que estimó pertinentes.
  Segundo..Admitida a trámite por la parte demandada no compareció, siendo declarado en rebeldía.
  En escrito de fecha 31 de enero la parte demandante comunica que su defendida se encuentra fuera de España, no teniendo previsto regresar, y dada la situación de rebeldía del demandado interesa el archivo del presente procedimiento.
  Así la parte demandante manifiesta que no tiene interés en la continuación del procedimiento interesado, se archive el presente procedimiento.
  Parte dispositiva:
  Se declara terminado el presente procedimiento por carencia sobrevenida de objeto. Sin hacer imposición en materia de costas.
  Se acuerda la suspensión de la vista señalada para el día 4 de febrero de 2014.
  Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación, en el término de veinte días, para ante la Audiencia Provincial, debiendo acreditar al presentar el escrito haber ingresado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (número 4881 de “Banesto”), y en la cuenta expediente correspondiente al procedimiento la suma de 50 euros (especificando en el campo “Concepto” del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02), sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 6/1985).
  Así lo manda y firma doña Yolanda Rodríguez Tapia, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 7 de Móstoles.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Pierre Many Taguiawa se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Móstoles, a 3 de febrero de 2014..El secretario (firmado).
  (03/5.109/14)</texto>
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