<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20140304-174</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/03/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 33. Procedimiento ordinario 1.428 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>53</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2014-03-04-53240220140085</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/03/04/BOCM-20140304-174.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/03/04/BOCM-20140304-174.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/03/04/BOCM-20140304-174.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/03/04/BOCM-20140304-174.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33 
 
 174 
 Procedimiento ordinario 1.428 de 2013 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña María García Ferreira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.428 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eva Sobrino Pérez, frente a “Gesocio Campamentos, Deportes y Aventura, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la sentencia número 46 de 2014, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Estimo la demanda formulada por doña Eva Sobrino Pérez y condeno a “Gesocio Campamentos, Deportes y Aventura, Sociedad Limitada”, a abonarle la suma de 1.380,26 euros de principal y 56,59 euros de interés por mora.
  Se adiverte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gesocio Campamentos, Deportes y Aventura, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de febrero de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.434/14)</texto>
</documento>