<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20140304-164</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2014/03/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 28. Ejecución 3 de 2014</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>53</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2014-03-04-53270220140323</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/03/04/BOCM-20140304-164.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/03/04/BOCM-20140304-164.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/03/04/BOCM-20140304-164.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2014/03/04/BOCM-20140304-164.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28 
 
 164 
 Ejecución 3 de 2014 
  EDICTO
  Doña Yolanda Caballero Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 3 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gloria María Barrero Montes, frente a “Lease Management Group, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 9 de enero de 2014.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante doña Gloria María Barrero Montes, frente a “Lease Management Group, Sociedad Limitada”.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto” 2526-0000-64-0003-14.
  Así por este su auto, lo acuerda, manda y firma la ilustrísima señora magistrada-juez, Begoña García Álvarez. 
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, doy fe.
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Yolanda Caballero Martín..En Madrid, a 17 de febrero de 2014.
  No habiendo sido citada la empresa “Lease Management Group, Sociedad Limitada”, por haber resultado desconocida y suspendido el señalamiento que venía acordado para el día 18 de febrero de 2014, se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de 18 de noviembre de 2013, a la empresa “Lease Management Group, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña Gloria María Barrero Montes y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Princesa, número 3, señalándose a tal efecto el día 11 de marzo de 2014, a las nueve y veinte horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.
  Remítase edicto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID a fin de citar a la empresa.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo, doy fe..La secretaria judicial (firmado).
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a “Lease Management Group, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de febrero de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.573/14)</texto>
</documento>