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    <identificador>BOCM-20140304-124</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/03/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Ejecución 318 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>53</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 
 124 
 Ejecución 318 de 2010 
  EDICTO
  CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 318 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Christian Patricio Cárdenas Ortiz, frente a “Hierroar, Sociedad Limitada”, y “Hierros Madrid Galicia, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Parte dispositiva:
  Se tiene a la recurrente “Hierros Madrid Galicia, Sociedad Limitada”, por desistida del recurso de suplicación en su día anunciado contra el auto recaído en las presentes actuaciones, adquiriendo la misma firmeza mediante el presente proveído.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: contra el presente auto podrá recurrirse en queja ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la magistrada-juez de lo social doña María José Ceballos Reinoso.
  Parte dispositiva:
  No ha lugar a despachar la ejecución interesada por encontrarse las entidades ejecutadas “Hierroar, Sociedad Limitada”, y “Hierros Madrid Galicia, Sociedad Limitada”, en situación de concurso.
  Achívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.
  Así por este auto lo pronuncia, manda y firma la magistrada-juez de lo social doña María José Ceballos Reinoso.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Hierroar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de enero de 2014..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.438/14)</texto>
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