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    <titulo>Navalcarnero número 1. Juicio de faltas 301 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1 
 
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 Juicio de faltas 301 de 2013 
  EDICTO
  Don Tomás Antonio Laso Ordóñez, secretario del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 301 de 2013 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 158 de 2013
  Navalcarnero, a 20 de septiembre de 2013..Vistos por mí, doña María Victoria Muñoz González, los presentes autos de juicio de faltas número 301 de 2013, seguidos por una presunta falta de hurto, en los que figura como denunciante don Enrique García Escamilla y como denunciada doña Soledad Mamani Barrios, así como el ministerio fiscal.
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo a doña Soledad Mamani Barrios de los hechos por los que había sido denunciada, declarando de oficio las costas procesales del presente juicio de faltas.
  Se acuerda la entrega definitiva de los efectos al establecimiento.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial, que se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Soledad Mamani Barrios, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 27 de enero de 2014..El secretario (firmado).
  (03/4.411/14)</texto>
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