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    <fecha_publicacion>2014/02/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Moralzarzal. Organización y funcionamiento. Ordenanza fichero datos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>40</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORALZARZAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MORALZARZAL 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 95 
 Ordenanza fichero datos 
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada en fecha 29 de octubre de 2013, aprobó provisionalmente la ordenanza reguladora fichero de datos personales protegidos: registro usuarios biblioteca municipal.
  De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local, ha sido expuesta al público por plazo de treinta días mediante anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 272, de 15 de noviembre de 2013, transcurridos los cuales, con fecha 23 de diciembre sin constancia de reclamaciones, se considera definitivamente aprobada sin ulterior trámite, con el siguiente contenido:
  Fichero: BIBLIOTECA MUNICIPAL.
  a)	Identificación del fichero, indicando su denominación, así como la descripción de su finalidad y usos previstos.
  a.1)	Identificación del fichero: Biblioteca municipal.
  a.2)	Finalidad y usos previstos: registro de usuarios de la Biblioteca municipal (educación y cultura).
  b)	Origen de los datos, indicando el colectivo de personas sobre los que se pretende obtener datos de carácter personal o que resulten obligados a suministrarlos, el procedimiento de recogida de los datos, y su procedencia.
  b.1)	Colectivo: usuarios de los servicios de la Biblioteca municipal.
  b.2)	Procedencia:
  	Entrada de usuarios (el propio interesado o su representante legal).
  	Procedimiento de recogida: formularios.
  c)	Estructura básica del fichero y el sistema de tratamiento utilizado en su organización.
  c.1)	Estructura:
  	Datos identificativos: NIF/DNI, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella.
  	Otras categorías de carácter personal: datos de características personales (datos de familia, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, edad, sexo).
  c.2)	Sistema de tratamiento: Fichero automatizado.
  d)	Comunicaciones de los datos previstas: no se prevén cesiones o comunicaciones de datos.
  e)	Transferencias internacionales previstas a terceros países: no se realizan o no están previstos tratamientos de datos fuera del territorio del espacio económico europeo.
  f)	Órganos responsables del fichero: Concejalía-Delegada de Área de Cultura.
  g)	Servicios o unidades ante los que pueden ejercitarse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Concejalía-Delegada de Área de Cultura.
  h)	Nivel de medidas de seguridad: nivel básico.
  La presente ordenanza entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y permanecerá vigente en tanto no se acuerde su modificación o derogación.
  Lo que se hace público para general conocimiento, haciendo constar que contra el presente acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en plazo de dos meses desde su publicación.
  Moralzarzal, a 3 de febrero de 2014..El secretario general, Santiago Perdices Rivero.
  (03/3.604/14)</texto>
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