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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 77</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/02/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 77. Procedimiento ordinario 1.332 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>40</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 77</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 77 
 
 118 
 Procedimiento ordinario 1.332 de 2009 
  EDICTO
  En el procedimiento ordinario número 1.332 de 2009 seguido a instancias de “Banque PSA Finance” (sucursal en España), frente a don Christiano Alfonso Morán Magallanes, se ha dictado sentencia de fecha 2 de diciembre de 2010, cuyo fallo literal es el siguiente:
  Fallo
  Que estimando como estimo la demanda interpuesta por “Banque PSA Finance” (sucursal en España), representada por el procurador don José Guerrero Trasoyeres, contra don Christiano Alfonso Morán Magallanes, debo acordar y acuerdo:
  1.  Condenar al demandado a pagar a la actora la cantidad de 3.484,20 euros (8.194,20 euros reclamados en la demanda menos los pagos parciales efectuados después de la interposición de la demanda por un importe total de 4.710 euros).
  2.  Condenar al demandado a pagar a la actora los intereses pactados al 2 por 100 mensual a calcular en ejecución de sentencia conforme a lo establecido en el fundamento primero de la presente resolución.
  Y todo ello con expresa condena en costas al demandado.
  Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid a interponer en el plazo de cinco días desde su notificación escrita.
  Para la admisión a trámite de la interposición del recurso deberá la parte acompañar resguardo de ingreso de 50 euros en la cuenta de este Juzgado, la número 2366 de “Banesto”, con la clave 02 y número de procedimiento, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite y por aplicación de la Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta.
  Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  La anterior sentencia ha sido dada, leída y publicada por el ilustrísimo magistrado-juez que la suscribe hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha..Doy fe.
  Y encontrándose dicho demandado don Christiano Alfonso Morán Magallanes en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
  Madrid, a 18 de octubre de 2013..El secretario (firmado).
  (02/8.128/13)</texto>
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