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    <identificador>BOCM-20140205-100</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 97</departamento>
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    <fecha_publicacion>2014/02/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 97. Procedimiento 569 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>30</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 97</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 97 
 
 100 
 Procedimiento 569 de 2013 
  EDICTO
  En el presente procedimiento número JVD 569 de 2013, seguido a instancias de “Grupo Inmobiliario Financiero Redpiso, Sociedad Anónima”, frente a doña Luisa Arévalo Bernardino, se ha dictado la sentencia número 203 de 2013, de 7 de noviembre de 2013, cuyo extracto literal es el siguiente:
  Sentencia número 203 de 2013
  En Madrid, a 7 de noviembre de 2013..Doña Sagrario Arroyo García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 97 de los de Madrid, ha visto las presentes actuaciones de juicio de desahucio en precario, promovidos por “Grupo Inmobiliario Financiero Redpiso, Sociedad Anónima”, representado por la procuradora doña Antonia María José Blanco Blanco, asistida de la letrada doña Vanesa Estudillo Ortiz, contra doña Luisa Arévalo Bernardino, en rebeldía, que tiene por objeto desahucio en precario.
  Fallo
  Que estimando como estimo la demanda interpuesta por “Grupo Inmobiliario Financiero Redpiso, Sociedad Anónima”, representado por la procuradora doña Antonia María José Blanco Blanco, contra doña Luisa Arévalo Bernardino, declarando haber lugar al desahucio instado por precario, condenando a la demandada a entregar a la actora la vivienda en Madrid, calle Vital Aza, número 81, cuarto B, y con expresa condena a la demandada en las costas causadas en esta instancia.
  Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, a interponer ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de veinte días desde su notificación escrita.
  Para la admisión a trámite de la interposición del indicado recurso deberá la parte acompañar resguardo de ingreso de 50 euros en la cuenta de este Juzgado número 97, cuenta corriente 5068 0000 22 0569 13 de la entidad “Banesto”, bajo apercibimiento de inadmisión a trámite y por aplicación de la Ley Orgánica 1/2009, disposición adicional decimoquinta.
  De igual modo, deberá darse cumplimiento a lo establecido en la Ley 10/2012, de Tasas Judiciales.
  Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.
  Y encontrándose la mencionada demandada, doña Luisa Arévalo Bernardino, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de abril de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (02/465/14)</texto>
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