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    <identificador>BOCM-20140128-32</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Empleo, Turismo y Cultura</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2014/01/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 28 de noviembre de 2013, de la Directora General de Trabajo, sobre el depósito de los estatutos de la organización sindical denominada Sindicato de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid (SEPAM) (número de depósito 2582)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA 
 
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 RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2013, de la Directora General de Trabajo, sobre el depósito de los estatutos de la organización sindical denominada Sindicato de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid (SEPAM) (número de depósito 2582). 
  Visto el escrito de solicitud de depósito de estatutos presentado por don José Luis Gil Calzado, en representación de la organización sindical denominada Sindicato de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid (SEPAM) y teniendo en cuenta los siguientes	 
  ANTECEDENTES DE HECHO
  Primero
  Que el citado sindicato presentó escrito en esta Oficina de Depósito de Estatutos, por el que solicitaba el depósito del acta de constitución y de sus estatutos. Habiéndose detectado anomalías en la documentación presentada, se les requirió para que procedieran a su subsanación, lo que realizaron posteriormente, el 27 de noviembre de 2013.
  Segundo
  Los estatutos y el acta de constitución fueron suscritos por los siguientes promotores: Don Javier Basteiro Olave, don José Luis Gil Calzado, don Luis Miguel López Martínez, don José Luis Uriol Herrero, don Rafael Barbosa Sainz, don Jesús Gil Calzado. 
  Tercero
  Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos, siendo el ámbito territorial el municipio de Madrid, y su ámbito funcional el de los empleados públicos que trabajen en los centros de trabajo del Ayuntamiento de Madrid (incluidos organismos autónomos y empresas con acuerdos o convenios de explotación privada pero con trabajadores que sean empleados públicos pertenecientes al Ayuntamiento de Madrid).
  Cuarto
  Que en la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones reglamentarias de general aplicación.
  A los anteriores antecedentes son de aplicación los siguientes
  FUNDAMENTOS DE DERECHO
  Primero
  Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y en el Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo, y demás disposiciones complementarias y concordantes.
  Segundo
  Que del análisis de la documentación aportada se deduce que los estatutos contienen todos los requisitos exigidos en la citada Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, por lo que se procede a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.4 de dicha Ley. 
  Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
  ACUERDA
  Anunciar el depósito de estatutos de la organización sindical denominada Sindicato de Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid (SEPAM), siendo el ámbito territorial el municipio de Madrid, y su ámbito funcional el de los empleados públicos que trabajen en los centros de trabajo del Ayuntamiento de Madrid (incluidos organismos autónomos y empresas con acuerdos o convenios de explotación privada pero con trabajadores que sean empleados públicos pertenecientes al Ayuntamiento de Madrid). Así como la inserción de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
  Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de octubre de 2011). 
  Madrid, a 28 de noviembre de 2013..La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
  (03/42.059/13)</texto>
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